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El CSD activa 8,32 millones para protección social en el fútbol femenino y aficionado

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El Consejo Superior de Deportes ha convocado las ayudas de 2026 para la protección social en el fútbol femenino y aficionado, con una dotación de 8.324.397,91 euros. El extracto publicado en el BOE sitúa a la Real Federación Española de Fútbol como entidad colaboradora y fija el 17 de agosto de 2026 como fecha límite para presentar solicitudes.

La convocatoria se dirige al marco de protección social vinculado al fútbol femenino y aficionado, con financiación destinada a cubrir costes de Seguridad Social de deportistas, personal técnico y entidades deportivas que cumplan los requisitos establecidos. En el caso del fútbol femenino, el foco principal está en los equipos inscritos en la Primera División femenina, dentro de una línea que conecta derechos audiovisuales, empleo deportivo y sostenibilidad de las plantillas.

Una ayuda con impacto laboral

La resolución tiene una lectura que va más allá del trámite administrativo. La protección social es una de las piezas que sostienen la profesionalización real: permite ordenar cotizaciones, reducir cargas vinculadas a la relación laboral deportiva y dar más estabilidad a futbolistas y cuerpos técnicos en un ecosistema donde la estructura económica sigue siendo desigual.

El procedimiento se tramitará por urgencia, según recoge el BOE, y las solicitudes deberán presentarse ante la RFEF conforme a los modelos disponibles en la sede electrónica del CSD, dentro del trámite 715997. Después, la federación trasladará la documentación al Consejo Superior de Deportes en los plazos establecidos por el convenio de colaboración entre ambas entidades.

Plazo abierto hasta agosto

El plazo de presentación estará abierto desde el día hábil siguiente a la publicación del extracto y finalizará el 17 de agosto de 2026. El pago de las ayudas se realizará a través de la RFEF cuando concurran los requisitos exigidos, especialmente estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

La convocatoria deja además abierta la posibilidad de suplementar el crédito disponible si existe modificación presupuestaria adecuada. Ese matiz es relevante porque la cifra inicial marca el marco de partida, pero no necesariamente el techo definitivo si el expediente incorpora más recursos durante la resolución o mediante una resolución adicional.

Fuente oficial: Boletín Oficial del Estado.

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